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Un año de espera por la jubilación anticipada de los conductores. Ahora llegan las elecciones

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El procedimiento para implantar la jubilación anticipada de los conductores profesionales en España sigue sin resolverse pese a acumular alrededor de un año de tramitación y contar ya con los informes técnicos preceptivos. La convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre ha añadido ahora una nueva incertidumbre a un expediente que, según FENADISMER , permanece paralizado desde septiembre.

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Lo más importante:

  • El expediente para introducir coeficientes reductores en la edad de jubilación de los conductores profesionales lleva alrededor de un año en tramitación.
  • FENADISMER asegura que desde verano ya están disponibles los informes técnicos sobre mortalidad, morbilidad y condiciones de trabajo.
  • El proceso estaría pendiente de que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social convoque a la Comisión de Evaluación.
  • Las elecciones generales se celebrarán el 29 de noviembre de 2026, después de la disolución del Congreso y el Senado el 6 de octubre.
  • ERC sostiene que la disolución de las Cortes no impide jurídicamente que un Gobierno en funciones continúe la tramitación de una norma reglamentaria.

El procedimiento fue impulsado en octubre de 2025 por FENADISMER y CETM junto con los sindicatos ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Según FENADISMER , el expediente debía resolverse inicialmente en un plazo máximo de seis meses, pero distintas incidencias judiciales y administrativas han ido retrasando la tramitación. A estas alturas, el proceso prácticamente ha duplicado ese plazo.

El objetivo es que los conductores profesionales, tanto asalariados como autónomos, puedan acceder a la jubilación a una edad inferior a la ordinaria mediante la aplicación de coeficientes reductores.

Este mecanismo está previsto en la normativa española para actividades de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre que presenten elevados índices de morbilidad o mortalidad. El Real Decreto 402/2025 regula precisamente el procedimiento previo para determinar en qué actividades puede reconocerse este derecho.

Los informes técnicos ya están sobre la mesa

Una de las fases clave de la tramitación consiste en acreditar si las condiciones de trabajo justifican realmente la reducción de la edad de jubilación.

FENADISMER señala que en junio se publicaron los primeros informes sobre mortalidad y morbilidad del colectivo. Posteriormente, en julio, tanto el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo como la Inspección de Trabajo emitieron sus respectivos informes preceptivos.

Desde septiembre, sin embargo, el procedimiento permanece pendiente de la convocatoria de la Comisión de Evaluación por parte de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que debe elaborar las conclusiones finales.

Ya en mayo, la ministra de Seguridad Social había asegurado en el Congreso que el procedimiento seguía adelante y que no sería archivado por silencio administrativo.

Las elecciones añaden una nueva incógnita

La situación política ha introducido ahora un nuevo elemento de incertidumbre.

El Real Decreto 806/2026, publicado en el BOE el 6 de octubre, disolvió el Congreso de los Diputados y el Senado y convocó elecciones generales para el domingo 29 de noviembre. Las nuevas Cámaras deberán constituirse el 23 de diciembre.

FENADISMER considera que este escenario ha dejado el expediente de la jubilación anticipada en una situación de bloqueo.

ERC también ha reclamado al Ejecutivo que continúe la tramitación antes de las elecciones. La formación sostiene que la disolución de las Cortes no impide que un Gobierno en funciones apruebe normas de rango reglamentario dentro de la gestión ordinaria o cuando exista una situación de urgencia.

Se trata, no obstante, de la interpretación defendida por ERC. Por el momento, el Gobierno no ha anunciado una fecha para la siguiente fase del procedimiento.

¿Qué cambiaría para los conductores?

La aprobación de coeficientes reductores no supondría una edad de jubilación idéntica para todos los conductores.

La normativa establece que la reducción de la edad ordinaria debe calcularse aplicando el coeficiente que finalmente se determine al tiempo efectivamente trabajado en la actividad correspondiente. Además, cada profesión o actividad debe contar con su propio real decreto específico una vez concluido el procedimiento de evaluación.

El sistema puede aplicarse tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos, siempre que se cumplan las condiciones fijadas por la normativa.

Por tanto, aunque el expediente avance, todavía será necesario determinar qué coeficiente se aplicará a los conductores profesionales y bajo qué condiciones concretas podrán acogerse a la jubilación anticipada.

El sector espera el siguiente paso

La cuestión clave es ahora si la Comisión de Evaluación será convocada antes de las elecciones del 29 de noviembre o si el procedimiento quedará aplazado hasta la formación del próximo Gobierno.

FENADISMER reclama que la tramitación continúe y subraya que los principales informes técnicos ya han sido elaborados.

Mientras tanto, la jubilación anticipada de los conductores sigue sin calendario definido, pese a que el expediente se encuentra mucho más avanzado que hace unos meses.

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