La investigación comenzó en 2017 tras una inspección realizada por DREAL Bourgogne-Franche-Comté. Se reveló que Gefco, en colaboración con subcontratistas de Polonia, Eslovaquia y Alsacia, creó un sistema ilegal de “alquiler” de conductores. Los empleados, principalmente de Europa del Este, eran contratados en Francia, a menudo en condiciones dramáticas, como las 35 personas alojadas en barracones en Quincey.
En marzo de 2021 se detuvo a diez personas, entre ellas cinco directivos de Gefco, encabezados por el entonces presidente. Se les imputaron cargos por pertenencia a grupo criminal organizado y empleo ilegal. También se abrió procedimiento contra tres directivos de una empresa alsaciana vinculada a Polonia y Eslovaquia, de los cuales uno fue encarcelado.
Aplazamiento y nuevo juicio
El juicio inicialmente estaba previsto para octubre de 2024, pero fue suspendido debido a una falta formal: no se imputó formalmente a Gefco por actuar en grupo criminal organizado. Tras subsanar esta cuestión, el nuevo proceso comenzó en abril de este año y duró cinco días.
Aunque el tribunal no consideró las condiciones laborales como “indignas”, impuso duras condenas por empleo ilegal, incluso dentro de un grupo organizado.
Sanciones severas y empresas polacas en el centro del caso
Gefco conscientemente recurría al trabajo no declarado”, encargando la contratación de conductores del este de Europa a cuatro empresas: una francesa con sede en Alsacia, dos polacas y una eslovaca”, señaló ante el tribunal penal el director de la investigación de la Oficina Central contra el Empleo Ilegal (OCLTI).
La sentencia de hoy impone multas y prohibiciones de actividad tanto al transportista principal como a sus subcontratistas. Gefco SA (actualmente CEVA Logistics Europe) debe pagar 150.000 euros, y Gefco France (CEVA Logistics Ground and Rail France) nada menos que 300.000 euros por actuar en grupo organizado.
La empresa polaca Turski fue multada con 100.000 euros, incluyendo 50.000 euros en suspensión para la presidenta de la compañía. Es relevante que el tribunal no prohibió la actividad empresarial, argumentando que ello podría perjudicar a los trabajadores. La empresa ha anunciado apelación.
La ya inexistente compañía polaca Poltra fue multada con 15.000 euros (5.000 en suspensión) y se le impuso una prohibición de actividad por cinco años.
Entre los condenados también figura Christian Haas, considerado por la fiscalía como el principal impulsor del fraude. Recibió una multa de 100.000 euros, 12 meses de prisión en suspensión y una prohibición perpetua para ejercer actividad empresarial. La transportista Camille Haas fue sancionada con una multa de 50.000 euros (la mitad en suspensión) y una prohibición de actividad de diez años.
La empresa eslovaca Eskaya, al igual que Poltra, recibió una prohibición de cinco años y una multa de 25.000 euros.
Además, la URSSAF —el organismo francés encargado de las cotizaciones sociales— deberá recibir de los condenados al menos 600.000 euros en cotizaciones atrasadas.
Una señal de advertencia para el sector
Aunque el tribunal no consideró las condiciones laborales indignas, la sentencia debe ser una advertencia para la industria europea del transporte. La decisión demuestra que el uso de estructuras empresariales basadas en la delegación de trabajadores debe cumplir estrictamente con la legislación nacional y comunitaria, y que las prácticas que rozan el límite de la legalidad pueden acarrear sanciones severas: financieras, legales y, sobre todo, reputacionales.