Polisen Stockholm - Trafik/Facebook/foto ilustrativa

Siete meses viviendo en la cabina: una inspección en Suecia acaba con una multa de 7.300 euros

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Una inspección en Suecia se ha saldado con una multa de 80.000 coronas suecas (unos 7.300 euros) para una empresa lituana. Los agentes descubrieron que un conductor tayiko llevaba desde marzo de 2026 viviendo de forma permanente en la cabina. El caso vuelve a poner el foco en los descansos semanales y en la obligación de facilitar el regreso periódico de los conductores.

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La intervención se produjo cerca de Sala, en el centro de Suecia. Los agentes de la unidad de control del transporte por carretera de Västerås localizaron un camión con remolque de la empresa lituana y le indicaron que se detuviera. El conductor ignoró la primera señal de la policía.

Según la publicación especializada sueca «Proffs», al principio los agentes pensaron que quizá no había visto la señal. Sin embargo, cuando volvieron a indicarle que parara, redujo la velocidad, pasó junto al vehículo policial estacionado en el arcén y continuó la marcha.

Los inspectores siguieron al camión hacia el este. Finalmente lograron detenerlo al tercer intento, en un tramo boscoso entre Sala y Heby. Durante la conversación, el conductor, de nacionalidad tayika, reconoció que había entendido las señales anteriores y que sabía que le estaban ordenando detenerse.

El conductor no salió de la cabina desde marzo

La inspección no se limitó a la documentación del transporte. También se revisaron los permisos de la empresa, los registros del tacógrafo y la forma en que se había organizado el trabajo del conductor. El problema más grave salió a la luz durante la entrevista: aseguró que, desde que salió de Lituania en marzo de 2026, había vivido de forma permanente en la cabina del camión.

Roger Ogemar, inspector sueco de transporte por carretera, explicó a la publicación especializada Proffs que al conductor nunca le habían ofrecido alojamiento en un hotel.

El conductor nos dijo que nunca le habían permitido alojarse en un hotel. Nos encontramos con situaciones parecidas con bastante frecuencia cuando empresas de transporte lituanas contratan a conductores de terceros países, afirmó Ogemar.

La empresa recibió una multa de 80.000 coronas suecas, aproximadamente 7.300 euros, por la infracción.

¿Cuándo puede dormir un conductor en la cabina?

La prohibición de pasar la noche en la cabina no afecta a todos los tipos de descanso. Conforme al Paquete de Movilidad, el descanso semanal normal, de al menos 45 horas, debe realizarse fuera del vehículo. La misma regla se aplica a cualquier descanso superior a 45 horas utilizado para compensar una reducción anterior del descanso semanal.

Los descansos de menor duración, incluido el descanso semanal reducido, sí pueden hacerse en la cabina, siempre que el vehículo esté estacionado y disponga de instalaciones adecuadas para dormir.

La Comisión Europea ha aclarado que un alojamiento apropiado no tiene por qué ser necesariamente un hotel. También pueden servir un motel, un apartamento alquilado o una vivienda particular. Lo esencial es que existan condiciones adecuadas para dormir, acceso a instalaciones sanitarias y suficiente intimidad. Cuando se trata de un conductor asalariado, el coste debe correr a cargo de la empresa.

Las reglas aplicables a los controles en carretera también son relevantes. Según la Comisión Europea, el conductor no está obligado a presentar facturas de hotel ni otros documentos que demuestren dónde pasó un descanso semanal normal anterior.

La sanción por incumplir la prohibición puede imponerse si, durante una inspección, se descubre que el conductor está realizando en la cabina un descanso que debería hacerse fuera del vehículo. Las autoridades, sin embargo, no pueden exigirle pruebas documentales sobre el lugar donde pasó descansos anteriores.

La prohibición se aplica tanto a los conductores autónomos como a los empleados. La diferencia está en quién asume el coste del alojamiento: en el caso de un autónomo, debe pagarlo personalmente.

Siete meses en el extranjero: ¿qué exige el Paquete de Movilidad?

El caso también plantea dudas sobre las normas europeas relativas a los regresos obligatorios de los conductores. ¿Puede un empleado de una empresa de transporte permanecer siete meses en el extranjero sin volver a su domicilio o al centro operativo de la compañía?

El artículo 8, apartado 8 bis, del Reglamento (CE) n.º 561/2006, modificado por el Paquete de Movilidad, obliga a la empresa a organizar el trabajo de modo que el conductor tenga la posibilidad de regresar cada cuatro semanas a su lugar de residencia o al centro operativo donde suele comenzar su jornada. En el caso de los conductores de transporte internacional de mercancías que encadenan dos descansos semanales reducidos, esa posibilidad debe ofrecerse después de tres semanas.

Esto no significa que el conductor esté obligado a regresar físicamente. La Comisión Europea ha explicado que puede decidir libremente dónde pasar sus descansos y optar por permanecer en el extranjero.

La empresa debe organizar de forma activa esa posibilidad de regreso, aunque el conductor no la solicite. No obstante, tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 4 de octubre de 2024, la empresa no tiene que organizar un viaje concreto si el conductor le comunica individualmente que no piensa utilizar esa opción. Una renuncia general incluida en el contrato de trabajo no es suficiente.

El empleador debe pagar el viaje de regreso que haya organizado. Además, tiene que conservar pruebas de que ofreció esa posibilidad, como datos del tacógrafo, cuadrantes de trabajo, billetes u otros documentos que acrediten que el desplazamiento estaba previsto.

En el caso investigado en Suecia, no se sabe si la empresa lituana ofreció al conductor oportunidades periódicas para regresar o si este decidió no hacer uso de ellas. El hecho de pasar siete meses en el extranjero no demuestra por sí solo que se hayan incumplido las obligaciones relativas al regreso. En cualquier caso, la empresa seguía obligada a garantizar que pudiera realizar sus descansos semanales normales fuera de la cabina.

Camión inmovilizado tras la inspección y multa pagada en una hora

Después de detectar la infracción, los agentes suecos inmovilizaron el camión. Colocaron un dispositivo que impedía reanudar la marcha hasta que se cumplieran los requisitos de la inspección.

La retención duró poco. Roger Ogemar explicó que, en menos de una hora desde la colocación del dispositivo de inmovilización, la empresa lituana había abonado el importe íntegro de la multa. Según el inspector, la compañía pagó la sanción sin pedir más explicaciones.

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