La decisión llega tras meses de controversia desde la entrada en vigor, en julio de 2025, de las nuevas masas y dimensiones. Las trabas que varias estaciones de ITV estaban imponiendo a la adaptación a 44 toneladas llevaron a FENADISMER y al resto de organizaciones del Comité Nacional a solicitar una solución normativa clara. Ahora, el Gobierno la ha puesto negro sobre blanco.
Una modificación publicada en el BOE y en vigor desde el 6 de febrero
La solución se articula mediante la inclusión de un nuevo párrafo en el Manual de Reformas de Vehículos, ya publicado en el BOE y vigente desde el pasado 6 de febrero de 2026.
Gracias a esta modificación, los camiones articulados de cinco o más ejes podrán homologarse a 44 toneladas a lo largo de todo 2026, siempre que la ficha técnica lo permita, en cualquier ITV a la que acudan.
El cambio es relevante porque elimina una de las principales restricciones prácticas que se estaban aplicando. Hasta ahora, según la modificación del Reglamento General de Vehículos que introdujo las nuevas masas y dimensiones el 23 de julio de 2025, la anotación debía realizarse en la primera ITV tras la entrada en vigor de la norma. En la práctica, esta interpretación estaba generando bloqueos y disparidad de criterios.
Con la nueva redacción, no será necesario que la anotación se realice en una ITV concreta ni en un momento específico vinculado a la primera inspección posterior a julio de 2025.
Sin reforma de importancia: solo anotación en ficha técnica
Otro aspecto clave es que la ampliación de la masa máxima autorizada no tendrá la consideración de reforma de importancia.
Esto significa que el titular del vehículo no tendrá que tramitar una reforma técnica, sino que el cambio se anotará directamente en la ficha de características técnicas del camión en el momento de la inspección periódica completa, considerando las nuevas masas.
El párrafo añadido al Manual de Reformas de Vehículos establece literalmente:
«Adicionalmente, hasta el 1 de enero de 2027, tampoco se considerará reforma la ampliación de los valores de MMA, según los nuevos límites recogidos en la Orden PJC/780/2025, anotándose mediante diligencia en el momento de la inspección periódica completa considerando las nuevas masas.»
Un respiro para el sector
La modificación supone, en la práctica, un margen temporal claro hasta el 1 de enero de 2027 para adaptar los vehículos a 44 toneladas sin cargas administrativas adicionales.
Para el sector del transporte por carretera, que llevaba meses denunciando interpretaciones restrictivas en las ITV, la aclaración normativa aporta seguridad jurídica y homogeneiza criterios en todo el territorio.
Con 2026 como año completo para regularizar la situación, la clave ahora será que la aplicación de la norma sea uniforme y que las estaciones de ITV actúen conforme al nuevo marco legal, evitando nuevas fricciones en un momento de transición técnica relevante para miles de operadores.











