Pixabay/Engin_Akyurt /public domain

El Gobierno aprueba un nuevo decreto para reforzar la repercusión del precio del gasóleo en el transporte

Puedes leer este artículo en 4 minutos

El sector del transporte por carretera en España avanza hacia un nuevo marco regulatorio en la forma de calcular y repercutir los costes del combustible. El Gobierno ha aprobado un decreto-ley que refuerza el mecanismo para trasladar automáticamente las variaciones del precio del gasóleo a los clientes finales. La medida es el resultado de los acuerdos alcanzados con las organizaciones del sector integradas en el Comité Nacional del Transporte por Carretera.

Este texto ha sido elaborado íntegramente por una persona, no por una inteligencia artificial. Refleja el conocimiento y la experiencia del redactor que lo creó.

Las modificaciones se tramitan por vía de urgencia y deberán aplicarse de forma inmediata en las relaciones comerciales entre transportistas y cargadores.

Reunión entre el sector y el Ministerio de Transportes

Este lunes 13 de abril, las organizaciones que forman parte del Departamento de Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) mantuvieron una reunión con representantes del Ministerio de Transportes. En el encuentro participaron el Secretario de Estado del Ministerio de Transportes, José Antonio Santano; la Secretaria General, Rocío Báguena; la Directora General de Transporte Terrestre y Ferrocarril, Elena María Atance, junto con su equipo.

Según Fenadismer, el objetivo de la reunión fue concretar los puntos acordados el pasado 30 de marzo, que debían ser desarrollados mediante un Real Decreto-ley por su carácter urgente.

Cambio clave: actualización automática del precio del transporte según el combustible

El principal eje de la reforma es la modificación de la fórmula de revisión de los precios del transporte en función de la variación del precio del gasóleo.

La nueva fórmula, ya acordada entre las partes, quedará vinculada directamente al precio del combustible y no requerirá revisiones adicionales ante futuras fluctuaciones del mercado. En la práctica, esto supone que las variaciones del coste del gasóleo se incorporarán de forma automática en la relación contractual entre transportista y cliente.

Reforma legal para reforzar la obligatoriedad del mecanismo

El decreto también introduce cambios en el artículo 38 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías.

El objetivo es reforzar que la aplicación del mecanismo de revisión del precio del combustible sea automática y obligatoria, reduciendo así posibles conflictos interpretativos entre las partes.

Facturación obligatoria desglosada del ajuste por carburante

Otra de las medidas relevantes es la obligación de desglosar en la factura el ajuste derivado de la variación del precio del gasóleo, conforme al Real Decreto-ley 3/2022.

Además, se elimina la posibilidad de reflejar este ajuste mediante fórmulas alternativas en los contratos, lo que estandariza la forma de presentación de este concepto en la facturación.

En la práctica, se refuerza la transparencia en la relación comercial entre transportistas y cargadores.

Régimen sancionador por incumplimiento

El nuevo marco regulatorio también establece un régimen sancionador específico para los casos de incumplimiento de la obligación de desglose en factura, con especial gravedad en caso de reincidencia.

Mesa de negociación permanente con el sector

Ambas partes se han comprometido a mantener abierta una mesa de negociación permanente para abordar los puntos pendientes. Algunos de ellos dependen todavía de autorizaciones administrativas o del marco temporal de ayudas de Estado por parte de la Comisión Europea.

El sector considera que este decreto supone un paso importante hacia una mayor estabilidad en las relaciones contractuales, en un contexto marcado por la presión de los costes del combustible y la volatilidad del mercado energético.

Etiquetas:

También leer