trans.iNFO

Actualizaciones obligatorias de seguridad del tacógrafo inteligente: debate sobre quién debe asumir los costes

Puedes leer este artículo en 8 minutos

Tras el desembolso que ha supuesto para muchas empresas adaptarse al tacógrafo inteligente de segunda generación, el transporte por carretera afronta un nuevo frente: las actualizaciones de software de ciberseguridad, que ya son obligatorias para determinados equipos y que próximamente afectarán a otros modelos.

Este texto ha sido elaborado íntegramente por una persona, no por una inteligencia artificial. Refleja el conocimiento y la experiencia del redactor que lo creó.

Claves del asunto:

  • Determinados tacógrafos VDO DTCO 1381 4.1 deberán recibir una actualización obligatoria a partir del 15 de julio de 2026.
  • Un fabricante condiciona el acceso al software necesario a la compra de un cupón de pago.
  • Stoneridge Electronics afirma que asumirá el coste de las actualizaciones exigidas para sus dispositivos.
  • La IRU reclama criterios uniformes en toda la Unión Europea sobre quién debe pagar los parches de seguridad.
  • La asociación polaca Transport i Logistyka Polska (TLP) exige actualizaciones gratuitas, la devolución de importes ya cobrados y que se cubran costes adicionales de mano de obra en taller.

Los operadores siguen invirtiendo para cumplir las exigencias del Paquete de Movilidad. Una vez superada en gran medida la fase de sustitución obligatoria de los equipos, la atención se desplaza ahora hacia una nueva obligación: instalar actualizaciones de software destinadas a cerrar brechas de seguridad detectadas en tacógrafos ya homologados y comercializados legalmente.

El debate, por tanto, no gira en torno a si hay que actualizar o no. La cuestión es si debe repercutirse al usuario final el coste de corregir vulnerabilidades descubiertas después de que el producto se pusiera en el mercado.

La Comisión Europea determina qué equipos deben actualizarse

El Centro Común de Investigación de la Comisión Europea (JRC) ha publicado un listado de actualizaciones de software obligatorias para determinados tacógrafos inteligentes de segunda generación (G2V2).

Las medidas están relacionadas con vulnerabilidades de ciberseguridad y se enmarcan en las actuaciones previstas en el artículo 20, apartado 4, del Reglamento (UE) 165/2014.

Tanto VDO/AUMOVIO como Stoneridge Electronics han indicado que los talleres deberán aplicar estas actualizaciones durante las inspecciones periódicas correspondientes.

Desde el 15 de julio de 2026, los VDO DTCO 1381 4.1 equipados con el software 04.01.26 deben actualizarse a la versión 04.01.41, tras lo cual el dispositivo queda identificado como versión 4.1b.

A partir del 1 de septiembre de 2026, la obligación se ampliará a los Stoneridge SE5000-8.1 en las versiones B, C, D y E equipados con SWID 1214 o 1619. En estos casos, el dispositivo deberá actualizarse a la versión F o posterior, con SWID 2424, 2525 o 2626, según corresponda.

La actualización deberá realizarse, como muy tarde, durante la siguiente inspección periódica del tacógrafo o en el momento de su primera instalación, según proceda. Esto puede ocurrir, por ejemplo, durante la inspección bienal o después de una modificación de las dimensiones de los neumáticos que obligue a recalibrar el dispositivo.

Dos fabricantes, dos políticas sobre quién asume el coste

La industria se está encontrando con enfoques distintos a la hora de financiar los parches exigidos.

Stoneridge Electronics asegura que cubrirá el coste de las actualizaciones de seguridad de sus tacógrafos. Continental, que ahora opera bajo la marca AUMOVIO, ha optado por un sistema de cupones cuyo importe acaba repercutiendo en los transportistas.

Esta diferencia de criterio ha llevado a la IRU a intervenir. La organización recuerda que las empresas adquirieron equipos homologados y conformes con los requisitos técnicos vigentes en el momento de su comercialización.

Según la IRU, si el problema de seguridad se detecta después del lanzamiento del producto, la responsabilidad de corregirlo debería recaer en el fabricante.

«Como cuestión de principio, la IRU considera que los operadores de transporte por carretera, en su condición de usuarios finales de equipos ya homologados y comercializados, no deberían asumir los costes de las actualizaciones obligatorias de seguridad destinadas a corregir vulnerabilidades detectadas después de la homologación», subraya Raluca Marian, directora de Asuntos Europeos de la IRU.

Para la organización, el hecho de que existan respuestas tan distintas entre fabricantes demuestra que cobrar al usuario final no es una consecuencia inevitable de la normativa europea.

Se trata, no obstante, de la posición de una organización sectorial y no de una interpretación jurídicamente vinculante sobre quién debe asumir esos costes.

La IRU pide un marco único para toda la Unión Europea

La IRU insta a la Unión Europea a armonizar la gestión de estas actualizaciones obligatorias en todos los Estados miembros.

La organización advierte de que dos empresas con una operativa similar pueden acabar soportando costes muy diferentes simplemente por llevar instalada una marca u otra de tacógrafo.

También recuerda que, en muchos sectores, es habitual que el fabricante asuma los costes derivados de mitigar amenazas de ciberseguridad en sus propios productos.

Sin reglas comunes sobre responsabilidades, existe el riesgo de que los operadores reciban un trato desigual en función del tacógrafo instalado.

La IRU añade que el problema puede agravarse a medida que los equipos incorporen más funciones digitales. Las actualizaciones podrían ser más frecuentes y, con criterios dispares, a las empresas les resultará más difícil prever y planificar sus costes operativos.

La asociación polaca TLP exige parches gratuitos

En Polonia, Transport i Logistyka Polska (TLP) también ha cuestionado el modelo de cupones de pago y ha presentado una reclamación formal ante la dirección de la empresa del grupo AUMOVIO implicada.

TLP pide acceso inmediato y gratuito a la actualización para todos los DTCO 1381 4.1 afectados.

Los transportistas compraron estos tacógrafos como equipos conformes con la legislación de la Unión Europea. El parche obligatorio elimina una vulnerabilidad en un producto introducido en el mercado por el fabricante. No se puede obligar al usuario a pagar de nuevo para mantener el cumplimiento normativo, que era una característica esencial del dispositivo adquirido», afirma Maciej Wroński, presidente de TLP.

La asociación también reclama:

  • un procedimiento para la devolución de las tasas ya cobradas y una comunicación clara de ese proceso a talleres y usuarios;
  • la cobertura de los costes adicionales y justificados de mano de obra en taller que se generen exclusivamente por la eliminación de la vulnerabilidad;
  • acceso oportuno y sin restricciones para los talleres al software, los códigos, las herramientas y el soporte técnico;
  • una confirmación por escrito de que la actualización no quedará vinculada a la compra de ningún producto, paquete o servicio adicional;
  • transparencia sobre cómo se fijan los precios de los cupones, quién cobra la tasa y cuál es la base legal y contractual para facturar al usuario final;
  • una comunicación común para toda la Unión Europea que explique cómo funcionan las actualizaciones, cómo se liquidan los costes y cómo pueden presentarse reclamaciones.

TLP también ha elaborado recomendaciones para sus miembros con el objetivo de preservar la posibilidad de presentar futuras reclamaciones de reembolso. Para ello, ha facilitado un formulario que permite documentar los casos en los que se cobre por la actualización.

Si nuestra reclamación dirigida a AUMOVIO no resulta efectiva, hemos preparado nuevas medidas legales formales para proteger los intereses de nuestros asociados del sector del transporte», añade el presidente de TLP.

Nuevos costes tras la sustitución de los tacógrafos

La polémica llega poco después de completarse nuevas fases del cambio obligatorio de tacógrafos en el transporte internacional.

Desde el 1 de julio de 2026, el tacógrafo inteligente de segunda generación también es obligatorio en los vehículos de entre 2,5 y 3,5 toneladas de masa máxima autorizada cuando se utilizan para el transporte internacional comercial de mercancías o para operaciones de cabotaje.

Esto implica que el posible impacto de los costes de actualización no se limitará a las flotas de camiones. También puede afectar a las empresas que operan con vehículos comerciales ligeros.

Las organizaciones del sector insisten en que las empresas ya afrontan inversiones relevantes asociadas a las nuevas tecnologías exigidas por la normativa europea. La aparición de cargos adicionales difíciles de anticipar complica la elaboración de presupuestos y eleva los costes de explotación de las flotas.

 

Etiquetas:

También leer