La devolución cubre peajes de autopista asociados a transporte de mercancías efectuado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Eso sí, solo entran en el programa los vehículos de clase ambiental Euro V, Euro VI o superior, además de los vehículos eléctricos o con combustibles alternativos.
También es imprescindible que el vehículo encaje en las clases de peaje previstas. En los sistemas basados en ejes y perfil, se admiten las clases B, 3, 4 o 5. Cuando se aplica clasificación volumétrica, las clases válidas son 2, 3 o 4.
Quedan fuera, por tanto, los vehículos Euro IV y anteriores.
El programa incluye de forma expresa a empresas no italianas
La resolución italiana indica que la devolución puede solicitarse no solo por transportistas registrados en Italia, sino también por operadores extranjeros.
Entre los solicitantes con derecho figuran empresas o agrupaciones establecidas en otro Estado miembro de la Unión Europea que dispongan de licencia comunitaria conforme al Reglamento 1072/2009. También se contemplan operadores suizos con licencia emitida bajo el acuerdo de transporte por carretera entre la Unión Europea y Suiza, así como operadores del Reino Unido que cuenten con una licencia expedida en virtud del Reglamento 1072/2009.
El esquema se extiende igualmente a operadores de transporte por cuenta propia con sede en otro país de la Unión Europea, Suiza o el Reino Unido.
En la solicitud hay que declarar la matrícula y la clase Euro de cada vehículo, tanto si está matriculado en Italia como si lo está en el extranjero. En el caso de matrículas extranjeras, debe indicarse el país de expedición. Si el vehículo está registrado fuera de la Unión Europea, será necesario adjuntar en formato PDF una copia del permiso de circulación y del documento que autoriza la circulación en Italia.
Para vehículos extranjeros matriculados en la Unión Europea, la clase Euro declarada se contrastará con el registro EUCARIS. Si hay discrepancias, se tomará como referencia la información que figure en el registro para el procedimiento.
Gasto mínimo en peajes: doscientos mil euro
La medida está orientada a empresas con un uso intensivo de autopistas. Para acceder, el solicitante debe acreditar al menos doscientos mil euro en peajes elegibles de 2025, sin incluir el impuesto sobre el valor añadido.
El cálculo se realiza sobre peajes abonados mediante proveedores reconocidos de pago diferido. La resolución menciona actualmente a AS 24 Italia, Axxes, DKV Euro Service, Telepass y Unipoltech como operadores admitidos.
El porcentaje de devolución varía según la clase Euro y el volumen de peajes
El porcentaje de reducción depende del gasto anual en peajes y de la clase ambiental de los vehículos utilizados.
Según TrasportoEuropa, para vehículos Euro VI, de clase superior, eléctricos o con combustibles alternativos, la reducción teórica parte del 5% cuando el volumen de peajes elegibles se sitúa entre doscientos mil y cuatrocientos mil euro. A partir de ahí, sube al 7% entre cuatrocientos mil uno y un millón doscientos mil euro, al 9% entre un millón doscientos mil y dos millones quinientos mil euro, al 11% entre dos millones quinientos mil y cinco millones de euro, y al 13% por encima de cinco millones de euro.
Para vehículos Euro V, los porcentajes se reducen en dos puntos: 3%, 5%, 7%, 9% y 11% en los mismos tramos de volumen.
En cualquier caso, la reducción no puede superar el 13% de los peajes elegibles. La resolución añade además un componente ligado a la operativa nocturna para quienes hayan realizado al menos el 10% de su volumen de peajes elegibles en horario nocturno, entendido como entrada a autopista después de las 22:00 y antes de las 02:00, o salida antes de las 06:00. Aun así, el límite global del 13% se mantiene.
Los porcentajes definitivos todavía podrían ajustarse. Si el total de reducciones que cumplan requisitos supera el presupuesto disponible, el Comité Central aplicará un coeficiente para encajar los pagos en la dotación. Si, por el contrario, el fondo no se agota, también podrían recalcularse los porcentajes.
Calendario de solicitud
El proceso se articula en dos fases dentro del sistema online PEDAGGI, disponible en el portal del registro nacional de transportistas.
La primera fase, destinada a reservar la solicitud, arranca a las 09:00 del 3 de junio de 2026 y finaliza a las 14:00 del 9 de junio de 2026.
La segunda fase, para introducir datos, firmar y presentar la solicitud, se abre a las 09:00 del 23 de junio de 2026 y se cierra a las 14:00 del 22 de julio de 2026. No obstante, como el sistema PEDAGGI procesa la información de forma asíncrona, el límite efectivo para cargar los datos de la segunda fase es el 21 de julio de 2026; el 22 de julio queda reservado para la firma digital y el envío.
La solicitud debe firmarse digitalmente por el representante legal o una persona autorizada, y el impuesto de timbre se abona mediante PagoPA. Si falta cualquiera de los pasos exigidos, la solicitud se considerará inadmisible.









