Foto: trans.iNFO

La jubilación anticipada, más cerca de ser una realidad para los conductores profesionales

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Fenadismer, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, informa de que el Gobierno ha aprobado este martes el Real Decreto que regula el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación en determinadas profesiones consideradas especialmente penosas, peligrosas o insalubres. Esta medida abre una vía concreta para que los conductores profesionales puedan beneficiarse próximamente de la jubilación anticipada sin penalización económica.

Este texto ha sido traducido mediante una herramienta automática, por lo que podría contener algunas imprecisiones. Le agradecemos su comprensión.

El texto aprobado por el Consejo de Ministros establece los requisitos y procedimientos que deben seguir las organizaciones empresariales, sindicales y la propia administración pública para solicitar la inclusión de una determinada actividad profesional en el sistema de jubilación anticipada.

En el sector del transporte, ya en octubre del pasado año las principales organizaciones empresariales y sindicales —con la excepción de UGT, que decidió esperar a la publicación del decreto— firmaron un acuerdo para solicitar formalmente la aplicación de estos coeficientes a los conductores profesionales.

El decreto establece que la actividad deberá cumplir, al menos, uno de los siguientes criterios objetivos:

  • penosidad (uso físico continuo, exposición a ruidos o temperaturas extremas);

  • peligrosidad (índices elevados de accidentes laborales);

  • toxicidad (contacto habitual con sustancias nocivas);

  • insalubridad (entornos laborales perjudiciales para la salud).

Para evaluar estos factores, se aplicará una fórmula basada en datos como la duración media de las bajas laborales, el número de incapacidades temporales o la incidencia de accidentes graves. En función de estos indicadores, una comisión técnica —con participación de la administración y de los agentes sociales— determinará si corresponde o no aplicar los coeficientes reductores a la actividad solicitada.

Cabe señalar que, de aprobarse su inclusión, los trabajadores del sector deberán cotizar un poco más a lo largo de su vida laboral para compensar el adelanto en la edad de jubilación. Sin embargo, esta norma no afecta a las profesiones que ya gozan de este beneficio, que seguirán manteniendo sus derechos adquiridos.

Desde Fenadismer, se valora muy positivamente esta medida y se insiste en la urgencia de incluir cuanto antes a los conductores profesionales, dada la dureza y las condiciones específicas del trabajo en carretera.

Con este decreto damos un paso clave para que aquellas profesiones que no pueden mejorar sus condiciones laborales, por su propia naturaleza, puedan jubilarse antes sin perder poder adquisitivo”, ha señalado Elma Saiz, ministra de Seguridad Social, tras la aprobación del texto.

La federación se compromete a seguir impulsando el proceso de solicitud y justificación técnica ante el Ministerio de Seguridad Social para que los conductores accedan cuanto antes a este derecho histórico.

 

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