La medida estará vigente del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027, según confirmó BALM en respuesta a una consulta editorial.
La autoridad explicó además los antecedentes de la decisión, anunciada el 12 de agosto. Según BALM, la prohibición responde a infracciones graves cometidas entre 2023 y 2025.
Antes de imponerla, la empresa ya había sido objeto de 23 procedimientos sancionadores con resolución firme. En conjunto, las multas superaban los 70.000 euros. A pesar de ello, las autoridades detectaron nuevos incumplimientos de las normas de cabotaje.
Por este motivo, BALM decidió impedir a la compañía realizar operaciones de cabotaje en todo el territorio alemán durante un año.
La empresa afectada aún no ha sido identificada
BALM no ha revelado qué empresa de transporte polaca está sujeta a la medida. El portavoz de la autoridad explicó, en respuesta a una consulta editorial, que existen motivos legales que impiden hacer público su nombre.
Además, la decisión todavía no es firme. La compañía puede recurrirla por las vías legales disponibles.
No se trata de una infracción aislada, sino de una conducta reiterada
Lo más relevante de este expediente es que BALM no trató cada incumplimiento como un caso independiente.
La autoridad considera determinante el carácter grave y reiterado de las infracciones. Las sanciones anteriores no habrían sido suficientes para poner fin a la conducta de la empresa.
Según BALM, la prohibición de un año se basa en el artículo 3 del Reglamento alemán sobre transporte por carretera transfronterizo y cabotaje, así como en el artículo 13, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1072/2009.
Este marco permite a la autoridad ir más allá de una sanción económica puntual. Si un transportista extranjero incumple de forma grave y reiterada las normas de cabotaje, puede perder temporalmente el derecho a realizar este tipo de operaciones en Alemania.
El cabotaje sigue permitido, pero bajo condiciones estrictas
El cabotaje no está prohibido de forma general. Las normas europeas permiten a las empresas de transporte de otros Estados miembros realizar servicios nacionales en Alemania después de completar un transporte internacional, siempre que respeten las condiciones aplicables.
Las infracciones pueden producirse, por ejemplo, cuando se supera el número máximo de operaciones autorizadas, no se respeta la secuencia exigida o falta la documentación necesaria para acreditar la legalidad del transporte.
El Paquete de Movilidad introdujo además un periodo obligatorio de espera de cuatro días antes de que un mismo vehículo pueda volver a realizar operaciones de cabotaje en el mismo Estado miembro.
Para cargadores, operadores logísticos y transportistas, disponer de una licencia comunitaria no basta. Cada operación debe ajustarse a las normas de cabotaje y estar correctamente documentada para poder demostrar su legalidad durante una inspección.
Las consecuencias pueden ir mucho más allá de una multa
BALM vincula expresamente esta medida con la necesidad de garantizar una competencia leal en el transporte de mercancías por carretera y una aplicación coherente de las normas frente al cabotaje ilegal.
Para las empresas de transporte, el expediente supone una advertencia clara: las infracciones reiteradas no tienen por qué terminar únicamente en multas sucesivas. Si una compañía sigue incumpliendo las normas pese a las sanciones anteriores, la autoridad puede suspender temporalmente su derecho a realizar cabotaje en Alemania.
El efecto es directamente operativo: mientras dure la prohibición, la empresa afectada no podrá aceptar transportes nacionales de cabotaje en territorio alemán.





