PUBLICIDAD
Trans V1

Inspectie Leefomgeving en Transport (foto ilustrativa)

66.400 euros de multa por no conservar los registros del tacógrafo. El tribunal neerlandés envía una señal clara al sector

Puedes leer este artículo en 4 minutos

No conservar los registros del tacógrafo puede, por sí solo, acarrear fuertes multas en los Países Bajos, incluso si no se demuestra un exceso de tiempo de conducción.

Ese es el mensaje clave de una sentencia publicada el 4 de febrero de 2026 por el Raad van State, que confirmó una multa administrativa de 66.400 euros por infracciones de la Ley neerlandesa de Horas de Trabajo. Cabe destacar que el litigio no se centró en que los conductores superaran los límites legales. Se centró en la falta de registros del tacógrafo.

Según información de la prensa neerlandesa, el caso afecta a la empresa de transporte De Rooy, con sede en Son, en Brabante Septentrional.

La ausencia de registros constituye en sí misma una infracción

El procedimiento se deriva de una inspección sin previo aviso realizada el 19 de enero de 2019 por la Inspectie Leefomgeving en Transport. Los inspectores revisaron el cumplimiento de la empresa durante el periodo comprendido entre el 3 y el 30 de septiembre de 2018. Según la sentencia, la empresa no mantuvo registros completos y accesibles de los tiempos de trabajo y descanso de los conductores, tal y como exige el artículo 4:3 de la Arbeidstijdenwet.

En virtud de la legislación neerlandesa, los empleadores deben organizar su administración de modo que las autoridades puedan verificar el cumplimiento normativo. En el transporte por carretera, esto incluye conservar los archivos de la unidad del vehículo del tacógrafo digital (archivos M) y los archivos de la tarjeta del conductor (archivos C).

De forma crucial, el tribunal confirmó que la ausencia de registros constituye una infracción, independientemente de que se acrediten o no incumplimientos reales de los límites de conducción o de los tiempos de descanso.

Múltiples infracciones, no un único error administrativo

Un punto central de la controversia fue la clasificación de los datos faltantes. La empresa sostuvo que se trataba de una única deficiencia administrativa. El ministro de Infraestructura y Gestión del Agua consideró, en cambio, que la falta de registros equivalía a múltiples infracciones, lo que incrementó de forma significativa el importe total de la multa.

El Raad van State dio la razón a las autoridades, confirmando que los fallos administrativos pueden evaluarse como infracciones separadas con arreglo al marco sancionador aplicable.

Esta interpretación permitió que la multa acumulada alcanzara los 83.000 euros.

Multa reducida por la duración del procedimiento, no por el fondo del asunto

La multa original de 83.000 euros se impuso en abril de 2021. Tras las impugnaciones judiciales, el Tribunal de Distrito de Oost-Brabant resolvió en mayo de 2024 que la duración total del procedimiento superó el requisito de “plazo razonable” previsto en el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Como resultado, la sanción se redujo a 66.400 euros.

No obstante, no se cuestionó el fondo de la infracción. En su resolución final, el Raad van State confirmó:

la infracción de la Ley de Horas de Trabajo,
la validez de considerar la falta de registros como múltiples infracciones,
y la proporcionalidad de la multa reducida.

El recurso fue desestimado.

La sentencia envía un mensaje inequívoco al sector: la conservación y disponibilidad de los datos del tacógrafo no es una formalidad administrativa, sino un pilar esencial del sistema de control en el transporte por carretera.

Etiquetas:

También leer